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MODELOS DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN IVA.

En este artículo voy a hacer un resumen de algunos modelos relacionados con el IVA, ya sean modelos de liquidación o informativos.

MODELO 036 y 037: Modelos Informativos. Ambos se emplean para la Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios y Profesionales , al inicio de su actividad. En ese modelo se detallan los datos del sujeto pasivo, el epígrafe en el que se da de alta según su actividad, y las obligaciones a las que va a estar sujeto (IVA, IRPF, sociedades, retenciones...). El modelo 036 es para Personas Jurídicas y el 037 para Personas Físicas. En este enlace encontraréis más información: http://www.conocetusimpuestos.com/index.php/Modelo-036/el-modelo-036-i.html

MODELO 303: se utiliza por los sujetos pasivos del impuesto en el Régimen General con obligaciones periódicas (mensual o trimestral) de autoliquidación.

MODELO 340: Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro. Deberán presentarla los sujetos pasivos que deban presentar autoliquidaciones o declaraciones correspondientes al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto General Indirecto Canario por medios telemáticos, y que a su vez opten por el sistema de devolución mensual. (a partir del año 2014, todas las empresas estarán obligadas a la presentación del modelo 340) Podríamos decir que este modelo consiste en presentar de manera íntegra los libros de IVA en la Agencia Tributaria Más información: http://www.datisa.es/usuarios/modelo_340/compendio_declaracion_modelo_340/

MODELO 347:Es una declaración informativa de carácter obligatorio. En este modelo se informa de las operaciones de cuantía superior a 3005,06 euros que hayan realizado los empresarios y profesionales con terceras personas en un ejercicio fiscal determinado. Los cambios que se han realizado en el modelo 347 y que han entrado en vigor para la declaración de este año 2012 han sido:

  • El volumen de operaciones que se incluyan en la declaración anual deben detallarse por trimestres.

  • El plazo de presentación de la declaración se ha adelantado al 28 de febrero, en lugar del 31 de marzo como fecha límite.

  • Las empresas que se encuentren adscritas al régimen de devolución mensual del IVA que ya presentan el modelo 340, no tienen la obligación de presentar el modelo 347

    Toda información sobre este modelo en el enlace de este mismo blog: NOVEDADES MODELO 347

MODELO 349:Declaración informativa de carácter obligatorio para los empresarios o profesionales que realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes, cualquiera que sea el régimen del IVA en que tributen. A partir de este ejercicio 2012 también se incluyen las Prestaciones intracomunitarias de servicios. En el enlace NOVEDADES MODELO 349  de este mismo blog, encontraréis más información.

MODELO 310 Y 311: El 310 es el modelo de declaración-liquidación de los tres primeros trimestres (ingresos a cuenta) de los empresarios en el Régimen Especial Simplificado. El 311 es el modelo de declaración-liquidación del último trimestre.

MODELO 370 Y 371:

El modelo 370 se utiliza para declarar IVA de 2 actividades en distintos epígrafes y regímenes  en el mismo trimestre, por haber dado de alta una nueva actividad y nuevo régimen de tributación antes de 31 diciembre.Por ejemplo, un empresario que declara IVA en régimen simplificado y se da de alta en nueva actividad durante el año en otro epígrafe y régimen general de IVA.

En vez de presentar un modelo 310 para la actividad de régimen simplificado y otro modelo 303 para el régimen general de IVA, se presenta modelo 370 agrupando los rendimientos.

Este modelo se utiliza para todos los trimestres del ejercicio en que se ha estado a la vez con 2 epígrafes o se de baja un epígrafe en un régimen y a continuación alta de otro epígrafe y régimen en el mismo año.

Al final del añose presentara modelo 371 para regularizar el IVA de régimen simplificado y el 4º trimestre de régimen de IVA general que corresponda en su caso.

MODELO 309: Aparece para los sujetos pasivos sin obligaciones periodicas de declarar (régimen de agricultura, ganadería y pesca y recargo de equivalencia..), así como para los sujetos pasivos ocasionales (por ejemplo, por la adquisición intracomunitaria por particulares de medios de transporte nuevos)

MODELO 341:la declaración-liquidación de solicitud de reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el modelo 341, cuando durante el trimestre se realicen exportaciones o entregas intracomunitarias exentas.

Modelo 390 Modelo Informativo. Resumen anual de IVA . Más información en el enlace: Como rellenar el modelo 390.

Todos estos modelos están disponible en la página de la Agencia Tributaria. Espero que os sirva de ayuda.

 

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